Mañana comienza el plazo de adhesión al Euskadi Bono Denda
Gobierno Vasco ha publicado hoy la Orden reguladora de un nuevo Euskadi Bono Comercio / Euskadi Bono Denda. Mañana comienza el plazo de adhesión, que finalizará el 30 de octubre. Para la distribución de los bonos-descuento se ha tenido en cuenta el peso demográfico de cada Territorio Histórico, siendo 182.000 bonos, el 52% del total, para Bizkaia.
Barakaldo, 23 de octubre de 2024
Personas beneficiarias
Personas físicas, mayores de dieciséis años, residentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Actividad subvencionable
Se subvenciona el consumo en los establecimientos adheridos a la campaña a través del Euskadi Bono Denda.
- Es un bono-descuento por valor de 10 euros sobre una compra mínima de 30 euros.
- Será canjeado por los propios establecimientos en el momento de la compra.
- Habrá un límite de 3 bonos-descuento por persona identificada en los tickets de compra.
- Los bonos podrán canjearse en uno o varios establecimientos adheridos y en una o varias compras.
Principales obligaciones de empresa adheridas:
- Publicitar en lugar preferente la adhesión al programa y colocar de los materiales publicitarios. Así mismo, se pondrá a disposición de la clientela un breve cuestionario de valoración de la campaña, en lugar visible.
- Los establecimientos no podrán reservar ni retener bonos, ni destinarlos a las ventas de artículos concretos. Se ofrecerán activamente hasta su agotamiento en el momento de la venta o servicio, se canjearán en el momento de la compra y estará prohibida cualquier discriminación o trato desigual a las personas usuarias.
- En caso de devoluciones, no se podrán hacer en dinero en metálico, se liberarán los bonos asociados a la cuenta y el DNI.
- Posibilitarán ser contactados para verificar el funcionamiento y su opinión sobre la campaña.
La fecha de comienzo del periodo de canje, que se determinará mediante resolución una vez finalice el periodo de adhesión y verificación de establecimientos, se prevé para el 15 de noviembre y finalizará el 5 de diciembre de 2024.
Requisitos de los establecimientos para adherirse
- Estar dado de alta en el IAE y dentro de los epígrafes recogidos den el Anexo II de la Orden reguladora.
- Ser personas empresarias autónomas, microempresas o pequeñas empresas.
- Hallarse al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Cumplimiento de las condiciones establecidas en la declaración responsable y demás formalidades de obligado cumplimiento.
Plazo y proceso de adhesión al programa
Del 24 al 30 de octubre de 2024.
Se formalizará el correspondiente formulario disponible en:
Web de la Cámara de Bilbao: https://euskadibonodenda.eus/es/bono/bizkaia
Documentación a presentar
- NIF (DNI en caso de personas autónomas)
- Certificado histórico de altas y bajas en el IAE
- Foto del exterior del establecimiento
- Certificado de cuenta bancaria
Esta información es un mero resumen de las cuestione más importantes del Euskadi Bono Denda. Consultar la Orden Reguladora para conocer a fondo el funcionamiento, requisitos y obligaciones de la campaña.
