Se cumple 1 año del Estatuto de la persona consumidora: Principales obligaciones para la hostelería
Se ha cumplido más de un año de la publicación de la LEY 4/2023, de 27 de abril, del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias. Una ley que refuerza los derechos de la clientela, principalmente de las personas vulnerables, habilita mecanismos que fortalecen la mediación, la inspección y la sanción e impulsa el consumo responsable. El nuevo Estatuto trajo varias obligaciones para la Hostelería y hoy hacemos un repaso de las principales.
En Barakaldo, a 19 de junio de 2024
- Ofrecer agua del grifo sin coste a la clientela para su consumo (Art. 18).
- Informar a la clientela de forma clara y visible de que pueden solicitar llevarse los productos que no consuman ofreciendo para ello envases aptos para uso alimentario o utilizando los propios de la persona consumidora (Art. 18).
- Entregar documento acreditativo de la relación de consumo en papel, cumpliendo con la legalidad vigente, pudiendo sustituir el papel por versión electrónica si la persona consumidora así lo manifiesta expresamente.
Esta obligación incluye la venta a través de máquinas automáticas (en este caso con 2 años de plazo desde la publicación de la ley para adecuarlas) (Art. 25).
- Disponer de una dirección postal y de un correo electrónico o teléfono para atender a las personas consumidoras en su demanda de información o asesoramiento sobre los productos y servicios o para formular quejas o reclamaciones (Art. 37).
- Dar a conocer los precios de productos y servicios de forma clara, que no induzca a error o confusión, y previa al consumo (el pan, el servicio de terraza, el hielo, los envases para llevar…). Estos deberán incluir la cantidad final total, incluidos tributos y recargos o descuentos aplicados (Art. 47).
- Disponer de hojas de reclamaciones para las personas consumidoras, hayan o no contratado con la empresa (Art. 90).
Las personas titulares de los establecimientos hosteleros deben velar por el cumplimiento de estas obligaciones, ya que la persona consumidora actual dispone de mucha información y conoce sus derechos y además, suponen una oportunidad de reforzar el servicio y mejorar la atención a la clientela.
Fuentes:
- Asociación de Hostelería de Bizkaia: Nueva Ley de Consumo: Estatuto de las personas consumidoras y usuarias del País Vasco
- Kontsumobide: ¿Tengo derecho a pedir agua del grifo en un bar?
