Infórmate de cómo cumplir con las obligaciones en cuanto al cobro de bolsas de plástico a partir del 1 de julio de 2018

A partir del 1 de julio entra en vigor el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, que establece una serie de obligaciones para los puntos de venta (y venta on-line) en cuanto a la distribución de bolsas de plástico a las personas consumidoras.

  • Se cobrarán todas las bolsas de plástico, excepto:
    • Bolsas de plástico muy ligeras, es decir, las bolsas de menos de 15 micras que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel.
    • Bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado (acreditado).
  • El precio de cada bolsa de plástico lo fija el/la comerciante, y para ello puede seguir como orientación los precios establecidos en el anexo I del Real Decreto 293/2018
  • En el comercio se debe informar al público de los precios establecidos, exponiéndolos en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento del artículo 4.1 del Real Decreto.

MÁS INFORMACIÓN Y SOLICITUD  DE CARTEL INFORMATIVO

SOBRE EL COBRO DE BOLSAS DE PLÁSTICO

Tel. 944789395 - 944789400

Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

 

 

 

 

 

 

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