La Dirección de Comercio informa sobre la obligatoriedad de las empresas de relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos

El artículo 14 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) establece la obligatoriedad para las personas jurídicas y otros de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Por esta razón, la Dirección de Comercio del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo de Gobierno Vasco está informando de esta obligación, ya que un 60% de las solicitudes de la Ayuda de Modernización de Establecimientos Comerciales, con un importante volumen de solicitudes, son realizadas por pequeñas y medianas empresas, aunque hasta ahora solo un 3% de ellas decidían realizar la tramitación de forma electrónica.

 

Para realizar esta tramitación electrónica es necesario que las personas jurídicas dispongan de certificado electrónico de representante de la entidad. Para consultar cuáles se admiten, consultar en www.euskadi.net  (sede electrónica).

 

Desde la Dirección de Comercio se recomienda también realizar las solicitudes con la antelación suficiente (y en concreto para la Ayuda para la Modernización de Establecimientos Comerciales), puesto que al realizar los trámites on-line pueden surgir problemas como incompatibilidades entre versiones de las aplicaciones informáticas, no reconocimiento de la firma digital, etc. que pueden retrasar la tramitación.

 

Por otro lado, las personas físicas podrán decidir si realizan la tramitación de forma electrónica o presencial. En el segundo caso, como viene siendo habitual, deberán cumplimentar la solicitud a través de la sede electrónica y una vez terminada, imprimir la documentación y presentarla en la Oficina Territorial  del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo o en Zuzenean.

 

Más información:

Tel: 944789395 – 944789400

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