Inspección eléctrica cada cinco años

De acuerdo al Real Decreto 842/2002 los establecimientos hosteleros y comerciales están obligados a realizar una inspección eléctrica cada 5 años, por considerarse locales de pública concurrencia.

Los establecimientos en funcionamiento con fecha anterior al Decreto (2002) también tendrán la obligación de realizar inspecciones; en este caso, los criterios de inspección serán los correspondientes a la reglamentación con la que se aprobaron en su día.

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