La Hacienda de Bizkaia inicia una campaña para controlar la obligación de expedir facturas a empresarios y profesionales
El Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia ha iniciado este mes de marzo una campaña para controlar que se cumple con la obligación de emisión de facturas en las prestaciones de servicios y ventas que se realizan en los sectores de hostelería, restauración y demás establecimientos comerciales del territorio, con sanciones que serán como mínimo de 600 euros.
Si bien, tal y como se indica en el art. 4.1 del anexo del DF 4/2013, la obligación de expedir factura podrá ser cumplida, mediante la expedición de factura simplificada, cuando su importe no exceda de 400 euros, IVA incluido, o cuando deba expedirse una factura rectificativa.
Así mismo, el punto 2 del mismo articulo, dice que los empresarios o profesionales podrán igualmente expedir factura simplificada y copia de esta cuando su importe no exceda de 3.000 euros, IVA incluido entre otras en las siguientes operaciones; Ventas al por menor, servicios de hostelería y restauración, servicios de peluquería y los prestados por institutos de belleza., servicios de tintorería y lavandería.
Esta factura simplificada contendrá, sin perjuicio de los datos o requisitos que puedan resultar obligatorios a otros efectos, los siguientes datos o requisitos (art. 7):
- Número y, en su caso, serie.
- La fecha de su expedición.
- Número de Identificación Fiscal, así como el nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a su expedición.
- La identificación del tipo de bienes entregados o de servicios prestados.
- Tipo impositivo aplicado
- Contraprestación total.
- En caso de facturas rectificativas, la referencia a la factura rectificada
Teléfono de información fiscal 901 502 000
