Ayuda directa del Ayuntamiento de Barakaldo: PREGUNTAS FRECUENTES


Solicitud y trámite de la ayuda:

  • ¿Cómo puedo conseguir el certificado de actividades económicas?

Para solicitar el certificado debes entrar en la oficina virtual BizkaiBai utilizando alguno de los certificados digitales que ofrece desde aquí, y seguir los siguientes pasos:

  1. En el menú principal de BizkaiBai, seleccionaremos la opción de Certificados y Cartas de Pago y dentro de él Solicitudes.
  2. Si la persona identificada en BizkaiBai es Asesor, deberá indicar el cliente para el que solicita el certificado.
  3. A continuación, se elige el tipo de certificado y se pulsa el botón de Solicitar.
  4. En general, el certificado estará disponible en unos minutos y se podrá disponer de él en la Opción de Consultas/Impresión, que se encuentra dentro de Certificados y Cartas de Pago.
    **Si no dispones de un certificado electrónico, puedes solicitar on-line la tarjeta Bak aquí
  • ¿Cómo solicito la ayuda?

La solicitud es completa telemática de principio a fin. Se ha buscado una solución para no exigir certificado electrónico (para facilitar y hacer accesible la tramitación a la mayoría) y al mismo tiempo tener un nivel de “registro/evidencia” de la presentación en plazo y forma oportunos. Para ello se han habilitado en la sede electrónica (quedará el mismo registro de entrada del Libro de Atención Ciudadana) los siguientes canales de tramitación: sin certificado electrónico o con certificado electrónico. 

  • ¿Qué tengo que poner en la tramitación al principio donde dice “identificador”?

El DNI, NIF o nº de pasaporte

  • ¿Tengo que firmar la solicitud? 

Es un documento digital que no hace falta firmar.  

  • ¿Puedo acceder al expediente una vez finalizada la tramitación para subir algún documento que falta? 

Para añadir documentación por iniciativa propia, se tramitará UN NUEVO REGISTRO, en el que en “Descripción” se indicará que se trata de ampliación de documentación y se indicará el nº de registro, si se dispone de él (Se puede solicitar en el 010 con el número de registro con el que se haya realizado la solicitud).  

Compatibilidad con otras ayudas

  • ¿Es compatible con la ayuda de Lanbide?

Sí, podrán ser compatibles con las de Lanbide: estas sí que son finalistas (cotización y alquiler). Las municipales están vinculadas al cierre forzoso exclusivamente.

Locales que entran en la ayuda

  • Mi actividad es de las consideradas servicio esencial en el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020, de 14 de marzo, pero he mantenido cerrado mi establecimiento. ¿Puedo solicitar la ayuda?

No. Solo es para actividades obligadas a suspender por los decretos indicados en las normas reguladoras de la ayuda

  • Tengo un local que no está dirigido a la hostelería que tiene más de 250m2. ¿Puede tramitar la ayuda?

Solo en el caso de que el exceso sea por superficie de almacén. Las bases indican que el local con una superficie no superior a 250 m2, excepto si se trata de un restaurante o si el exceso se debe a la superficie del local destinado a almacén.

  • Tengo un negocio (peluquería, asesoría, academia...) en una entreplanta / en una primera planta. ¿Puedo solicitar la ayuda?

No. Las bases indican que el local en el que ejercen su actividad económica esté situado a pie de calle (se excluyen los ubicados en centros comerciales o los situados en entreplantas o pisos).

  • Tengo un local en Barakaldo sin venta al público. ¿Puedo solicitar la ayuda?

No. Las bases indican que el establecimiento debe tener atención al público.

  • Tengo un negocio que está ubicado en otra localidad diferente a Barakaldo, pero el domicilio fiscal de la empresa es en Barakaldo. ¿Opto a la ayuda?

No. El establecimiento debe estar ubicado a pie de calle en el municipio de Barakaldo.

  • Tengo 2 locales en Barakaldo y en cada local trabajan 4 personas. ¿Cuántas solicitudes de ayudo debo realizar?

Podrá solicitar dos ayudas, una por cada establecimiento.

  • Soy feriante o realizo la venta ambulante. ¿Puedo solicitar la ayuda?

No. No son posibles beneficiarios por no ser establecimiento abierto al público a pie de calle.

  • ¿Qué ocurre si una persona tiene actividad económica como persona física y a la vez participa de una CB o una SC o es administrador único y socio mayoritario de una SL?

Si le corresponde la subvención por el establecimiento la recibirá. Una ayuda por establecimiento.

  • Tengo un local comercial en un polígono, ¿opto a la ayuda?  

Sí, siempre que se cumplan el resto de requisitos incluidos en las normas especiales reguladoras de la ayuda. 

Certificados de la ayuda

  • Cuando finalizo la tramitación, ¿puedo imprimir algún justificante?

No. Cuando la tramitación se ha hecho correctamente se indica un número de registro, apúntalo para tener constancia.

 

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